Tras
conocerse este martes que un juez de San Francisco autorizó la vacunacióncompulsiva de un bebé que nació en una clínica privada y cuyos padres se habían
negado a colocarle las dosis correspondientes al calendario de vacunación obligatorio,
la Justicia dictaminó un seguimiento del caso y puso en conocimiento a
distintas partes.
El juez de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género y Penal Juvenil San Francisco, Andrés Peretti, tomó conocimiento del caso luego de que el pediatra de guardia de la institución pusiera en conocimiento de la negativa a la Unidad de Desarrollo Regional de la Secretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia.
“Fue un desafío porque como siempre se encuentra el hecho de que hasta qué punto llega la autonomía de la libertad, de decidir los padres lo mejor para sus hijos y hasta qué punto uno meterse en ese tipo de decisión. Además no había tiempo porque el niño nació en su momento a las 9.35 y había que vacunarlo en las 12 primeras horas, por lo que fue una logística importante ese día”, recordó en diálogo con Up.
En su resolución, el tribunal señaló que los padres del bebé estaban incumpliendo la Ley n.° 27.491, que indica el carácter de obligatoriedad de las vacunas del calendario nacional y la responsabilidad de quien represente legalmente al niño, adolescente o persona incapaz de cumplir con su vacunación. Asimismo, consideró que la negativa afectó ostensiblemente el interés superior del niño.
Peretti remarcó que no colocar las vacunas “afecta no sólo al niño recién nacido, sino que, además, implica un riesgo para toda la comunidad y compromete la eficacia del régimen de vacunación oficial”.
Se trata de una decisión con pocos antecedentes. Al menos en San Francisco no se recuerda un caso de este tipo y hay que remontarse a 2006, cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió un hecho bastante similar.
Cómo sigue
Peretti explicó en su fallo que las vacunas incluidas en el Calendario Nacional de Vacunación no alcanzan sólo al individuo que la recibe, sino que, además, incide directamente en la salud pública cuyo objetivo principal es reducir y/o erradicar los contagios en la población.
Por estas razones, autorizó a las autoridades de la institución a proceder a la vacunación compulsiva del niño recién nacido y emplazar a sus padres para que cumplan con el calendario nacional de vacunación obligatorio, bajo apercibimiento de ley.
Tras el fallo, se puso en conocimiento a los defensores públicos de la sede judicial quienes intervienen como representantes complementarios. Además se dio aviso a la Senaf y al equipo local de Niñez y Salud de la Municipalidad de San Francisco.
“Además de emplazar, obligar, intimar a los papás a seguir con el calendario de vacunación obligatorio, pusimos en conocimiento a los defensores públicos de la sede judicial para que tomen participación por este bebé y a la Senaf para que haga un seguimiento con las áreas de salud y niñez del municipio”, destacó Peretti, agregando que no hubo perjuicio ni delito, por lo que no existió ninguna consecuencia judicial para los padres.












