Nicolás Albera
Una
docente de San Francisco enfrenta un duro momento al haber denunciado el año
pasado a su padre biológico por abusos sexuales sufridos en la infancia, poniéndolo
tras las rejas al cierre del 2024, en un proceso judicial que todavía continúa.
Y
cuando se aprestaba a comenzar el ciclo lectivo 2025, como si fuese un castigo,
se topó con otra dura realidad: la desafectaron de su trabajo en el Servicio Penitenciario
N° 7, donde tenía varias horas como educadora de los internos. La causa es la
estadía de su padre en el penal.
Apenas
conocida la denuncia, el Juzgado de Violencia Familiar y de Género impuso una
medida de impedimento de contacto entre la víctima y el presunto victimario, lo
que fue tomado como pretexto para quitarles sus horas.
Según
el Servicio Penitenciario de San Francisco, se trató de una medida para “protegerla
y resguardarla”. Pero para el estudio de abogados que la representa, tanto en
la causa contra su progenitor como en la laboral, la decisión de las
autoridades carcelarias implica “violencia institucional”, por lo que piden su
reincorporación y, en todo caso, el traslado del interno a otra penitenciaría.
La
denuncia
La
denunciante, de 30 años, tomó la decisión de llevar a la Justicia a su padre
biológico en octubre del año pasado. A partir de allí comenzó una investigación
penal preparatoria, luego vino la imputación y tras ello la prisión preventiva
del acusado. La causa sigue su curso y con el aporte de pruebas que
comprobarían la veracidad de los hechos ocurridos cuando la presunta víctima
tenía entre 7 y 12 años, aproximadamente.
Causalidades
de la vida, la mujer es docente y muchas de sus horas de ejercicio las tenía
asignadas en la cárcel, motivo por el cual se le notificó previo al inicio de
las clases que tenía prohibido el ingreso, alegando desde la penitenciaría el
impedimento de contacto vigente, y amparándose en el “Protocolo de la Víctima”.
Los
abogados de la mujer, Virginia Panero
y Nicolás Casas explicaron a Up que el Servicio Penitenciario “se
refugia en un protocolo interno supuestamente pro víctima, pero fue aplicado
ciegamente porque la dejaron sin trabajo”, dijeron y remarcaron que la
responsabilidad es primero de las autoridades carcelarias y en última instancia
de la Provincia de Córdoba, de quien depende.
Pedido
de reincorporación
Los
representantes legales de la denunciante presentaron un pedido formal
solicitando “la inmediata reincorporación a sus funciones”, lo que garantizaría
su derecho a trabajar. Pero, además, pidieron el traslado del interno a otra
penitenciaría y en caso de no ser posible, entendiendo la seguridad en el
sistema carcelario, que se tomen recaudos para que no exista contacto entre
ambos en los días y horarios en que la docente debe asistir al penal.
“La
idea nuestra es que la docente recupere sus horas porque se ve afectado su
derecho de trabajo, con el agravante de que está pasando un gran trauma: denunció
a su padre recientemente por abusos en su infancia”, destacó Panero.
A
lo que Casas agregó: “Es víctima de uno de los delitos más graves y repugnantes
que tenemos en la sociedad, y además la dejan sin trabajo. Para nosotros es
violencia institucional”, señaló y adelantó que presentarán un amparo contra el
Servicio Penitenciario N° 7 y la Provincia para que su defendida recupere estas
horas de trabajo que le representan el 40 por ciento de su sueldo mensual.
Respuesta
del Servicio Penitenciario
Tras
el pedido de los abogados de la presunta víctima para que recupere su trabajo y
que el interno sea trasladado o bien se tomen medidas para impedir el contacto,
desde el Servicio Penitenciario respondieron con una negativa.
Según
indica la resolución a la que accedió Up,
negaron la posibilidad amparándose en que existe una medida de impedimento de
contacto entre víctima y victimario. Citan el Reglamento de Comunicación de los
Internos, aclarando que corresponde “aplicar la medida de restricción de
ingreso de la víctima con el fin de evitar la revictimización y brindar su
resguardo físico y psicofísico” en consonancia con la Ley de Protección
Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y
la Ley Provincial de Violencia Familiar.
Respecto
al pedido de enviar al interno a otro servicio, sostienen que ello no puede
llevarse a cabo ya que de esa forma se estaría atentando contra derechos
consagrados en la Ley Suprema: “Resulta imprescindible que el Estado colabore
en el mantenimiento y reforzamiento de los vínculos familiares y sociales de la
persona privada de la libertad durante su detención, empezando por garantizar
el derecho de visita…”, explican desde la institución.
Asimismo,
las autoridades carcelarias manifiestan que les resulta “materialmente
imposible tomar medidas tendientes a evitar el contacto entre el detenido y su
hija”, en razón de que la escuela se encuentra dentro del edificio, lugar donde
transitan los internos para realizar distintas actividades.
Para
Casas y Panero, representantes de la denunciante, los argumentos señalados “protegen
al victimario y no la víctima”.