En una
audiencia de medidas cautelares este miércoles en los Tribunales de Rafaela, se
decidió la libertad del hombre detenido por colocarle un aditivo al mate de su
compañero de trabajo, lo que le provocó a quien lo ingirió un malestar por el
cual debió ser hospitalizado. Asimismo, se conoció que se trató de un psicotrópico.
Según
informó el sitio Rafaela Noticias, presente en la audiencia, el juez de I.P.P.
Gustavo Bumaguin dispuso la libertad de Marcos Vale (56), un hombre de San
Francisco que había sido imputado por lesiones leves dolosas tras haber vertido
la sustancia en la bebida de su compañero de trabajo en una metalúrgica de
Frontera. Ello, pese a que la Fiscalía solicitó prisión preventiva.
El incidente
ocurrió el pasado 6 de agosto a las 7:55. Según la reconstrucción de la
Fiscalía, Vale aprovechó una ausencia de cinco minutos de la víctima para
manipular su recipiente de mate. Al regresar y beber, el damnificado sintió un
sabor y olor anómalos, seguido de náuseas, confusión y dificultad para hablar
(síntomas descritos por testigos como semejantes a los de un ACV). La víctima
fue internada en un sanatorio de San Francisco y dada de alta al día siguiente.
Las cámaras,
clave
El citado
medio indicó que un registro fílmico de las cámaras de seguridad del taller
constató el momento en que el imputado se aproximó al puesto de trabajo de su
compañero y realizó ademanes sobre el mate. En un allanamiento posterior en el
domicilio del investigado, la policía secuestró un gotero con Clonazepam al
25%. Las pericias iniciales señalan que la disputa habría iniciado por
diferencias salariales.
Premeditación
versus broma de mal gusto
El
fiscal Pedro Machado, al hacer uso
de la palabra, reclamó a Bumagin que se le imponga a Vale la prisión preventiva
sin plazos entendiendo que existió premeditación y un peligro potencial
gravísimo debido al manejo de maquinaria pesada en el lugar de trabajo.
Asimismo, estimó una pena en expectativa de 6 meses a 2 años de prisión
efectiva.
Por su
parte, la defensa, que en este acto fue ejercida por Carlos Farías Demaldé, argumentó que se trató de una "broma de
mal gusto" en el marco de celos profesionales y enfatizó que el informe
médico forense no constató lesiones persistentes ni riesgo de vida. Aseguró que
los riesgos procesales estaban cautelados al haberse secuestrado los elementos
de prueba y tomado las declaraciones pertinentes.
El
magistrado fundamentó que, si bien la autoría y el hecho están acreditados, el
debate jurídico radica en la entidad de la lesión producida y la posibilidad de
una futura condena condicional. Al no existir peligro de fuga ni
entorpecimiento probatorio, el juez rechazó la prisión preventiva y concedió la libertad bajo el cumplimiento
de reglas de conducta tales como fijar domicilio en San Francisco y firma
semanal en la comisaría jurisdiccional. Además, le impuso una prohibición absoluta de acercamiento y contacto
con la víctima y testigos. También, aceptó la desvinculación laboral formal
de la empresa para evitar compartir espacio de trabajo (ofrecido por el propio
imputado) y le fijó una caución personal a fin de garantizar la sujeción al
proceso.