Nicolás Albera
Maltrato
físico y verbal, humillaciones constantes, descalificaciones y amenazas de todo
tipo sufrió durante más de veinte años una mujer en San Francisco, junto a sus
dos hijos, por parte de su pareja. La víctima lo demandó por daños y perjuicios
y el último viernes se conoció una sentencia del juez civil Carlos Viramonte, quien condenó al
agresor –hoy exmarido de la denunciante- a abonarle $49.278.939,76, más
intereses y costas.
El
dictamen lleva fuertemente marcada la perspectiva de género, aplicando
transversalmente la Constitución Nacional, los tratados internacionales de
derechos humanos, la Convención CEDAW, la Convención de Belém do Pará, la Ley
Nacional 26.485 y la legislación provincial correspondiente.
La
víctima juntó valor después de una vida de sometimiento y calvario para
promover una formal demanda de daños y perjuicios en contra de quien hoy es su
exmarido. Fundó su pretensión en la violencia de género que sufrió durante más
de dos décadas por parte del demandado, argumentando que ello no se limitó sólo
a los episodios físicos relatados en la demanda, sino también al sello
indeleble que dejó en su salud mental y en su integridad emocional.
Los continuos
insultos, humillaciones, amenazas y agresiones desarrollaron en ella cuadros de
angustia crónica, hipervigilancia, ataques de pánico, sentimientos de
minusvalía, baja autoestima e ideación suicida; todo lo cual, le produjo una
incapacidad psíquica.
De
Mendoza a San Francisco
Según el
fallo del juez Viramonte al que accedió Up,
la pareja comenzó la relación en 1998 cuando vivían en la localidad de
Guaymallén (Mendoza). La mujer en su estremecedor relato de lo vivido remarcó
que desde los primeros tiempos sufrió violencia y recordó un episodio puntual
como el inicio de una vida tortuosa. Cuando frente de amigos, el hombre le
arrojó un cigarrillo encendido en su pecho.
En el
2000 se radicaron en San Francisco y nació su primer hijo, hoy de 25 años. En
2002 se casaron y casi tres años después nació su segunda hija, actualmente de
21. En el segundo embarazo, por ejemplo, la mujer contó que su pareja la
acusaba constantemente de que la bebé no era suya y se lo decía de manera
agresiva y violenta, atribuyéndole una infidelidad sin ningún tipo de
fundamento.
En 2005
se mudaron de la casa de la madre de ella a un precario inmueble dentro de una
fundición donde el hombre trabajaba. Durante ese tiempo, ella se ocupaba exclusivamente
de la casa y de sus hijos, agregando que el demandado no le permitía estudiar
ni trabajar: “Cada vez que le manifestaba su deseo de terminar el secundario o
de salir a trabajar, (él) reaccionaba con violencia verbal y celos -diciéndole
que si salía era para ‘andar de loca’. La descalificaba y controlaba, sin una
razón lógica sino por puro control. La violencia física era frecuente, la
agarraba del cuello, la empujaba contra las paredes, la arrastraba de los pelos
por la casa, le dejaba marcas en los brazos de tanto apretarla. Y todo eso
sucedía con sus hijos presentes, que eran muy chicos y que no entendían, pero
vivían con miedo”, destaca el fallo judicial.
Sin
relaciones de amistad por celos
En su
denuncia, la mujer menciona que no tenía amigas y que no podía relacionarme con
nadie, que estaba aislada y que la única contención que tenía eran su mamá y
una excuñada. Relató que en 2008 pudo retomar el secundario en el IPEM 315 y
que en el año 2009 comenzó a trabajar con un primo en su comedor. Meses
después, su esposo dejó el empleo y empezó a trabajar también en ese lugar sólo
con la intención de controlarla.
Otro
episodio es mencionado como ejemplo de la violencia vivida al recordar una
ocasión en ese comedor cuando lo vio con otra mujer y lo enfrentó. Como
respuesta, él la levantó del cuello, la tiró al piso y luego siguió con
prácticas de ahorcamiento. Expresó que, si bien hizo una exposición policial,
no avanzó por miedo.
También
narró que el nivel de violencia psicológica en esos años fue devastador y que
tanto ella, sus hijos y hasta sus padres vivían con miedo constante. Añadió que
el demandado era indiferente con sus hijos y que, cuando les hablaba, lo hacía
con insultos. Rememoró otra discusión en el 2010 por la cual sus padres se la
llevaron junto a los chicos de la casa, pero terminó mal.
“Llegó lleno
de furia, golpeó con tanta fuerza la puerta de chapa que llegó a meter el brazo
y a pegarle a su padre en la cabeza, dejándole un hematoma importante”, indica
el texto, afirmando la denunciante que, al día siguiente, a su papá le dio un
ataque fuerte que parecía un ACV.
Del
podía mejorar la relación a la frustración
En 2014,
el matrimonio obtuvo por sorteo un plan Procrear y pudieron construir su casa.
En ese momento, la mujer trabajaba como docente y, si bien sostuvo que las cosas
podían mejorar, no fue así.
El fallo
informa que, en 2018, la denunciante se enteró de una infidelidad de él con una
prima suya, de años atrás y que, cuando lo enfrentó, el hombre “reaccionó con
violencia, la golpeó y la insultó muchísimo”.
El sumun
de la violencia en la relación llegó con la pandemia en 2020, una convivencia
que terminó siendo un infierno: “Convivir con el demandado era insoportable,
porque explotaba por cualquier cosa”, manifiesta la resolución y agrega que
hasta la separación la violencia nunca cesó: “Cambiaba de humor constantemente,
explotaba por cualquier cosa y ella con sus hijos vivían con miedo; en
reuniones con amigos, la humillaba delante de todos, haciéndola blanco de
chistes crueles y comentarios despectivos; vivía en estado de tensión
permanente, porque él sabía que le tenían miedo y se aprovechaba de eso”.
La mujer
también señaló que después de la separación, su expareja la amenazó con prender
fuego la casa. Y que esa amenaza fue lo que finalmente la llevó a hacer la
denuncia. Señaló que se le impuso una prohibición de acercamiento y que, si
bien fue un paso difícil, resultó necesario. Aseguró que sus hijos fueron
testigos y víctimas de todo ese calvario (vieron, escucharon y vivieron la
violencia que sufrió durante más de 20 años) y que su vida con el demandado fue marcada
por el miedo, el maltrato constante, la manipulación, la humillación, la
destrucción emocional y las amenazas.
En el
final, expresó que la violencia de género que sufrió durante más de dos décadas
no se agotó en los episodios físicos relatados, sino que dejó un sello
indeleble en su salud mental y en su integridad emocional: desarrolló cuadros
de angustia crónica, hipervigilancia, ataques de pánico, sentimientos de
minusvalía, baja autoestima e ideación suicida.
Sin
respuesta
El fallo
sostiene que el acusado no ha contestado la demanda en su contra. En efecto, si
bien la versión de los hechos invocada por la parte actora podría haber sido
reconocida o cuestionada por el demandado, éste no cumplió con la carga
procesal que le incumbía de contestar la demanda.
Concretamente,
la incontestación de la demanda y la ausencia de actividad probatoria, crea en
su contra la presunción emanada del art. 192 del CPCC; esto es, un
reconocimiento de la veracidad de los hechos afirmados por la parte actora.
La
víctima, cabe indicar, fue representada en el juicio por los abogados Virginia
Panero (M.P. 5-977) y Nicolás Casas (M.P. 5-702).