Politica

Todos los puntos destacados del proyecto de Reforma laboral: vacaciones, despidos, sindicatos y más

Milei en una visita a una fábrica tiempo atrás.
Politica 2025-12-12 13:16:36

El Gobierno envió este jueves al Senado la iniciativa que buscará aprobar en sesiones extraordinarias.

El presidente Javier Milei regresó de su viaje a Oslo y firmó el proyecto de Reforma Laboral, que fue enviado al Congreso e ingresó al Senado de la Nación. Aunque su paso por la Cámara de Diputados ya está descartado durante lo poco que resta del 2025, Patricia Bullrich aspira conseguir la media sanción de la Cámara alta en los próximos días con un tratamiento exprés.

A continuación, los puntos principales del proyecto:

Vacaciones

La reforma propone una reorganización del régimen de vacaciones con mayor flexibilidad para empresas y trabajadores. Establece que el período anual deberá otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque las partes podrán pactar fechas diferentes.

Se introduce la posibilidad de fraccionar las vacaciones en tramos nunca inferiores a siete días y se garantiza que cada trabajador pueda disfrutar vacaciones en verano al menos una vez cada tres años. También se regula el procedimiento en caso de interrupción por enfermedad, obligando a reprogramar los días pendientes.

Despidos

El proyecto redefine la indemnización por despido sin justa causa: un mes de sueldo por año trabajado, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual, con topes basados en el convenio aplicable. Además habilita a empleadores a constituir fondos de cese laboral para solventar dicha indemnización, y reafirma que esta compensación es la única reparación posible, excluyendo reclamos civiles paralelos. Se ajusta el régimen de preaviso y se mantienen las indemnizaciones especiales para supuestos de enfermedad, accidente o muerte del trabajador.

Remuneraciones

El texto amplía la definición de conceptos remunerativos y no remunerativos. Los llamados beneficios sociales —comedor, reintegros médicos, guardería, útiles escolares, cursos, etc.— se consolidan como no remunerativos, sin aportes ni contribuciones. Se habilita la creación de componentes remunerativos dinámicos (fijos o variables) por negociación colectiva o decisión unilateral, los cuales no generan derechos adquiridos: no aplican ultra-actividad ni continuidad tácita. Además se exige que todo salario en dinero sea abonado por acreditación bancaria o medios electrónicos, y se actualiza el régimen de recibos y deducciones.

Ultra-actividad y formalización laboral

La reforma impacta directamente en la ultra-actividad: los nuevos componentes remunerativos variables no generan ultra-actividad, aun tras largo tiempo de aplicación.

En materia de formalización laboral, se introduce un registro centralizado ante ARCA como única validación necesaria, y se fortalece la presunción a favor del trabajador cuando exista omisión de registración. Se simplifica el sistema de recibos digitales y se impulsa la trazabilidad mediante herramientas tecnológicas.

Convenios colectivos

El proyecto restringe la aplicación extensiva o analógica de los convenios: sólo rigen para sus partes y su ámbito directo. Se reconoce que los CCT pueden fijar topes de personal part-time, definir métodos de cálculo de jornada mediante promedios y negociar componentes salariales variables. También se les concede la facultad de reemplazar el régimen indemnizatorio tradicional por fondos de cese laboral sectoriales.

Procedimientos judiciales

El proyecto redefine el esquema de actualización de créditos laborales, vinculándolos al IPC + 3% anual, prohibiendo intereses sobre intereses salvo mora posterior a sentencia firme.

En juicios en trámite se aplicará el criterio de interés moratorio del BCRA, con límites superiores e inferiores para evitar desbalances.

Se establece que los pagos deberán realizarse preferentemente en la cuenta sueldo del trabajador; se limita el pacto de cuota litis al 20% y los honorarios totales al 25% del monto de sentencia, con prorrateo si se superan esos límites. Se obliga a los jueces a remitir antecedentes a ARCA cuando se detecte empleo no registrado o incompletamente registrado. 

Prácticas sindicales

El proyecto introduce regulaciones que reconfiguran el rol gremial en ciertos casos. Por ejemplo, los trabajadores eventuales no podrán ocupar cargos sindicales que impliquen tutela. Limita deducciones automáticas a favor de sindicatos sólo cuando provengan de leyes, estatutos o convenios de empresa signatarios, requiriendo consentimiento expreso del trabajador en el resto de los casos.

Asimismo, se establece que los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios deberán contar con intervención judicial o administrativa para ser válidos, reforzando controles sobre prácticas sindicales vinculadas a conciliaciones.

Reforma laboral


Espacio Publicitario



Comentarios


Noticias que te pueden interesar

...
Quién es Leonel Chiarella, el nuevo presidente de la UCR

El intendente de Venado Tuerto llegó a la jefatura del partido de la mano del gobernador de Santa Fe, Maximiliano Pullaro. Su historia.

2025-12-14 14:55:51

...
Gran Hotel Viena: municipio de Miramar apelará el fallo tras la orden de desalojo

La sentencia abre la puerta para que el desalojo prospere en la instancia superior. Hay gran impacto en el pueblo.

2025-12-13 16:38:29

...
Mensaje para los antivacunas: desde la Municipalidad explican qué pasa si no te vacunás

La Secretaría de Salud de San Francisco destacó la importancia de cumplir con el esquema de vacunación. “Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), las vacunas y el agua potable son las dos herramientas más importantes para prevenir enfermedades”, indicaron

2025-12-13 14:17:29

Espacio Publicitario




Info Radio

UP San Francisco y la Región

-

[email protected]

Seguinos
Foto Noticias

© UP San Francisco. All Rights Reserved. Desarrollo QueStreaming.com

Condiciones del Servicio - Politica de Privacidad