Sociedad

Las naftas volvieron a subir y arrastran el precio de las multas: cuánto cuestan las más comunes

La Municipalidad lleva adelante controles en distintos sectores de la ciudad.
Sociedad 2024-07-04 23:11:14

Hay infracciones que son clásicas en automovilistas y motociclistas. En la nota, un repaso de cuáles son y qué se debe pagar en caso de cometerlas.

En San Francisco existen una serie de infracciones comunes que cometen los conductores de vehículos y que no cambian a medida que pasan los años. Estacionar mal o no respetar el estacionamiento medido suele ser una de ella; no usar el casco o utilizar el teléfono celular mientas se maneja, es otra, según aportan desde la Dirección de Policía Municipal.

A estas se les puede sumar cruzar el semáforo con luz roja, la alcoholemia positiva, no llevar la licencia de conducir o directamente no tenerla y hasta la agresión a un inspector, una reacción que suele ser penada gravemente.

Desde hace varios años, en San Francisco se calcula el precio de las multas a razón de lo que vale la nafta súper. Así lo indica el artículo 13 de la ordenanza 6.428, que establece el Código Municipal de Faltas.

El texto de este artículo menciona que el valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas “Unidades de Multa” (UM), cada una de las cuales equivale a un litro de nafta súper de la firma YPF.

Justamente hace unos días se produjo una nueva suba en el precio de los combustibles que se encuentran por las nubes. Y esto, claro, arrastra a las multas que también incrementan su valor. Cabe recordar que en 2022 la Municipalidad congeló el precio de las multas desde agosto a diciembre de ese año, también en momentos de subas constantes.

Nuevos valores: multa por multa

A partir del pasado lunes 1 de julio, la nafta súper en las estaciones de servicio YPF de nuestra ciudad tiene un precio de 1077 pesos por litro. Ahora bien, aquel conductor o conductora que comete una infracción de las más comunes, ¿cuánto tendrá que pagar? ¿Y si repite?

Estacionamiento medido: según la ordenanza, quien no active el sistema es sancionado con una multa cuyo mínimo se fija en 20 a 200 U.M. En plata: de 21.540 a 215.400 pesos. Cuando la falta sea cometida haciendo uso indebido de un “permiso de libre estacionamiento y/o circulación” el monto de la sanción se elevará al doble.

Estacionar en lugares prohibidos, en forma indebida o antirreglamentaria: también las sanciones van de 20 a 200 UM. Se podrá ordenar la retención del vehículo en caso de que obstruya la libre circulación vehicular y/o garajes, manifiesta la ordenanza.

Falta de casco: La primera multa es de 20 UM (se otorga un vale por el valor de la multa para utilizar en la compra de casco); la segunda, 70 UM (75.390 pesos); la tercera, 120 UM (129.240 pesos); y desde la cuarta en adelante, se duplica el monto aplicado en la última infracción.

Usar el teléfono celular mientras se conduce: quien cometa la infracción será sancionado con multa de entre 50 y 500 UM. En plata, de 53.850 a 538.500 pesos. Si la misma falta se cometiera en tres oportunidades durante el transcurso de un año se podrá disponer la inhabilitación para conducir por el término de hasta un año.

Alcoholemia positiva o estupefacientes: la sanción va de 200 a 500 unidades de multa. En plata, de 215.400 a 538.500 peso. A partir de la primera reincidencia dentro de un año, podrá quedar inhabilitado por al menos 60 días (artículo 20), con retención del vehículo en forma provisoria.

Conducir sin licencia correspondiente o sin seguro obligatorio vigente:  van de 20 a 200 unidades de multa, pudiéndose si fuera necesario y por razones de seguridad, retener el vehículo. En plata, de 21.540 a 215.400 pesos. También aplican estos montos para licencia vencida o no correspondiente.

Traslado de menores de edad: hasta los 10 años, obligatoriamente los niños deben ser trasladados en el asiento trasero. De no ser así, la sanción va de 20 a 200 unidades de multa. En plata, de 21.540 a 215.400 pesos.

Tomar bebidas alcohólicas al conducir: tanto conductor y/o acompañantes que consuman bebidas alcohólicas en el interior de los vehículos automotores, o en motocicletas o ciclomotores, serán sancionados desde 50 a 500 unidades de multa. En plata, de 53.850 a 538.500 pesos.

Conducción peligrosa: el que dispute carreras en la vía pública, o hiciese acrobacia, exhibicionismo o aumente la velocidad de manera exagerada o cualquier maniobra peligrosa de conducción contraria a la normativa vigente será sancionado con multa de 300 a 600 unidades de multa. En plata, de 323.100 a 646.200 pesos.

Conducir o estacionar sin patente: quien maneje o estacione un vehículo en la vía pública sin una o ambas patentes, o sin que sean claramente visibles o estén colocadas en un lugar que dificulte su visibilidad será sancionado con una multa que va de 30 a 300 unidades de multa. En plata, 32.310 a 323.100 pesos.

Escape libre: Por la falta de silenciador, escapes ruidosos, su alteración o la colocación de dispositivos en violación a normas reglamentarias la multa va de 30 a 300 unidades de multa. En plata, 32.310 a 323.100 pesos.

No respetar las indicaciones de los agentes de tránsito u obstaculizar su accionar: la sanción va de 50 a 500 unidades de multa. En plata, de 53.850 a 538.500 pesos.



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