Nicolás Albera
Una
docente de San Francisco que daba clases en el Servicio Penitenciario N° 7,
donde tenía varias horas como educadora de los internos, y que fue cesanteada por la institución a inicios de este año para que no se cruce con su padre –a quien
había denunciado penalmente por abusos sexuales cometidos hacia ella en la
infancia- realizará ahora tareas administrativas en otra dependencia, luego de
la decisión del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba.
Esta
postura generó disconformidad en la víctima, según expresaron a Up sus abogados
Virginia Panero y Nicolás Casas: “Hoy, una mujer con
derechos vulnerados sigue sin poder ejercer su profesión en igualdad de
condiciones. Se priorizó la comodidad del Estado por sobre la reparación de la
víctima. Se perdió, otra vez, una oportunidad de estar a la altura”, destacaron.
El
caso
La
mujer de 30 años tomó la decisión de llevar a la Justicia a su padre biológico
en octubre del año pasado. A partir de allí comenzó una investigación penal
preparatoria, luego vino la imputación y tras ello la prisión preventiva del
acusado por abuso sexual. La causa sigue su curso y con el aporte de pruebas
que comprobarían la veracidad de los hechos ocurridos cuando la presunta
víctima tenía entre 7 y 12 años, aproximadamente.
Este
escenario llevó a la institución carcelaria a tomar una polémica decisión
previo al inicio del ciclo lectivo 2025. Amparándose en la decisión del Juzgado
de Violencia Familiar y de Género, que impuso una medida de impedimento de
contacto entre la denunciante y el presunto victimario, decidieron quitarle las
horas, es decir, dejarla sin su trabajo.
Según
el Servicio Penitenciario de San Francisco, se trató de una medida para
“protegerla y resguardarla”. Pero para el estudio de abogados que la
representa, tanto en la causa contra su progenitor como en la laboral, la
decisión de las autoridades carcelarias implicó “violencia institucional”.
Amparo
contra la Provincia
Tras
una serie de reclamos, la docente interpuso un amparo contra el Gobierno de Córdoba.
Para Panero y Casas, su defendida padeció “un cuadro de revictimización” al
priorizarse la posición del interno (su progenitor) por sobre ella (denunciante).
Los
letrados explicaron a Up que, durante
el transcurso del proceso judicial, desde el Ministerio de Educación se
comunicaron con la mujer a los fines de gestionar un cambio de ámbito laboral,
con el objeto de que no perdiera definitivamente las
horas
que tenía en el establecimiento penitenciario, ya que la amparaba el Estatuto
de la Docencia Media, Especial y Superior - Decreto Ley N° 214/E/63 y
modificaciones de Ley N° 9822. Sin embargo, la decisión no los dejó conformes.
“Por
un lado, sostenemos que la respuesta brindada por el Ministerio de Educación en principio
fue positiva para la posición de la docente, dado que ha recuperado sus
haberes, pero no en su labor normal, ya que ella se desempeñaba frente al aula
que es su verdadera vocación y fue reubicada en tareas administrativas. ¿La
docente recuperó su salario? Sí, pero fue confinada a tareas administrativas
pasivas, lejos del aula y de su vocación. Como si se la castigará por haber
hablado, por haber denunciado, por haber sido víctima”, expresaron.
Tanto
Panero como Casas coincidieron en que lo más coherente hubiese sido tomar como
norte la perspectiva de género: “La decisión debería haber sido el traslado del
interno a otro establecimiento de la provincia, y de tal manera, permitirle a
la mujer continuar
desempeñándose con sus horas en dicha institución. ¿Acaso no es esa la medida
de mínima en un sistema que dice defender a las mujeres? ¿O será que todavía
cuesta más mover a un agresor que correr a la víctima?”, se preguntaron.
Por
último, aseguraron que no se realizó un estudio transversal de la normativa aplicable
en este caso y que por el contrario fue una reacción “automática, patriarcal y profundamente
injusta” que vulneró gravemente los derechos de la docente, “implicando
una revictimización”.