La
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó este
miércoles la suba del 4,18% en los haberes mínimos y máximos de julio para
jubilados y pensionados, en línea con la inflación de mayo, al entrar en
vigencia la nueva movilidad jubilatoria.
El
organismo previsional estableció mediante la Resolución 320/2024, publicada en
el Boletín Oficial, “que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes
de julio de 2024, será de $215.580,82″. Mientras que el máximo, a partir del
quinto mes del año, será de $1.450.654,81.
Al
igual que viene sucediendo en los últimos meses, el Gobierno confirmó que
otorgará un bono de $70.000 para jubilados y pensionados que perciben el haber
mínimo. De esta manera, la jubilación mínima en junio será de $285.580. En
tanto, quienes tengan haberes inferiores a esa cifra tendrán un bono
proporcional hasta alcanzarla.
En
el documento oficial que lleva la firma del titular de ANSES, Mariano de los
Heros, también se establecieron las bases imponibles mínima y máxima en
$72.607,58 y $2.359.712,22, respectivamente, a partir del período devengado
julio de 2024.
Al
mismo tiempo, el organismo determinó que el importe de la Prestación Básica
Universal (PBU), aplicable a partir del próximo mes, será de $98.618,39.
Mientras que el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) se
fijó en la suma de $172.464,66. Con el bono de $70.000, la PUAM ascenderá a
$242.464,66.
La
actualización de los haberes del séptimo mes del año significa la puesta en
marcha del nuevo esquema previsional dispuesto por el Gobierno, que estipula el
ajuste mensual en base a la inflación del segundo mes previo al del haber
respectivo, por lo que en julio se toma de referencia el índice de mayo.
Al
respecto, el texto oficial recordó que por medio del DNU 274/24 se estableció
que “los haberes se actualizarán mensualmente, de acuerdo con las variaciones
del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional, publicado por
el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)” y fijó que “la primera
actualización, en base a la movilidad dispuesta en el artículo 1° del mismo, se
hará efectiva a partir de las prestaciones previsionales correspondientes al
mes de julio de 2024”. (Noticias Argentinas)