La Boleta
Única de Papel fue tratada en el recinto entre septiembre y octubre del
2024. Con la aprobación de la Cámara Alta (el 13 de septiembre), quedó en manos
de Diputados la promulgación definitiva, que se dio el 1° de octubre.
De esta manera, el 18 de octubre del 2024 se
convirtió en ley, mediante la publicación del Boletín Oficial.
El nuevo sistema, que hará su debut en las
elecciones de medio término, consiste en una boleta de papel que incluye en una
misma papeleta a todos los candidatos, categorías de cargos y partidos
políticos.
Está divida en espacios horizontales para cada
una de las categorías de cargos electivos -en este caso diputados y senadores-
y en columnas verticales para cada agrupación política que cuente con listas
oficializadas.
Próximo a cada cargo electivo hay un casillero
en blanco para que se pueda votar por cada una de las categorías.
Dependiendo el distrito se votarán solo
diputados o senadores y diputados juntos.
Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Jujuy,
Tucumán, Catamarca, La Rioja, San Juan, San Luis, Mendoza, Chubut, Santa Cruz,
Formosa, Misiones, Corrientes y La Pampa tendrán el modelo de BUP únicamente
con diputados.
Mientras que en Salta, Neuquén, Río Negro,
Tierra del Fuego, Chaco, Santiago del Estero, Entre Ríos y la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires (CABA) se escogerán diputados y senadores en la Boleta Única de
Papel.
Al momento de votar, la autoridad de mesa
entregará un ejemplar de la BUP junto a una lapicera, para marcar la opción en
el casillero del partido o frente electoral que cada ciudadano disponga.
Una vez que se eligen los diputados y senadores
correspondientes, se debe doblar la boleta siguiendo las instrucciones
presentes en su dorso, y como paso final se coloca en la urna correspondiente a
cada mesa.
Voto en blanco y voto nulo
Según la información de la Cámara Nacional
Electoral (CNE), se considerará cómo voto nulo el caso de una Boleta Única no
oficializada o cuando se trate de una oficializada que no cumpla con los
siguientes requisitos:
-Cuando contenga dos o más marcas para
distintas agrupaciones políticas para la misma categoría.
-Si se encuentra o posee algún tipo de rotura.
-Si presenta inscripciones, imágenes o leyendas
de cualquier tipo distintas de la marca de la opción electoral.
-Si se adjuntan objetos externos a la BUP.
-El caso del voto en blanco se produce cuando
el elector no marca en el casillero de ninguna fuerza política, ya sea en una o
más categorías.