Dos expresidentes de la empresa láctea Sancor
fueron procesados esta semana por la Justicia Federal, acusados de apoderarse
indebidamente -durante años- de aportes sociales que debían hacer para los
empleados de la firma. Se trata de José Pablo Gastaldi y Alberto Eduardo Sánchez,
quienes estaban al frente de la firma cuando se cometieron los delitos investigados,
entre 2020 y 2024.
El caso se inició a principios de 2024, cuando
trabajadores de la planta ubicada en Sunchales (provincia de Santa Fe) tomaron
conocimiento de que su empleador no estaba realizando los depósitos
correspondientes de las sumas retenidas en concepto de aportes al Sistema de
Jubilaciones y Pensiones y al Sistema de Obras Sociales.
La denuncia fue presentada ante la justicia
provincial el 9 de febrero de ese año, pero por razones de competencia por los
delitos investigados las actuaciones terminaron en el Juzgado Federal de
Rafaela.
Casi en forma simultánea, empleados de la
planta de Don Torcuato (provincia de Buenos Aires) hicieron otra denuncia
similar en el Juzgado Federal de San Isidro.
El fiscal titular de la Unidad Santa Fe, Jorge
Gustavo Onel, y el fiscal coayuvante Federico José Grimm reunieron suficientes
elementos como para solicitar la indagatoria de los acusados y solicitar los
procesamientos.
El trámite se concretó el pasado 12 de
noviembre y los imputados, representados por el abogado Pablo Francisco
Salvatori, decidieron no hacer uso de la palabra.
El doctor Salvatori planteó en la oportunidad
que “no basta (como para pedir el procesamiento) con que el titular de la
acción penal acredite meramente que no se ingresaron a las arcas del fisco
determinadas sumas de dinero imputables a un impuesto concreto y a un período
fiscal específico en tiempo útil, sumado a haber demostrado a través de ciertos
informes que Gastaldi y Sánchez en dichos períodos revistieron,
respectivamente, la calidad de presidentes de la cooperativa SanCor. No basta
con esto. A fin de evitar en los hechos la creación de un tipo de
responsabilidad objetiva, toca al fiscal demostrar que mi pupilo efectiva y
personalmente como individuo intervino dolosamente en dichas omisiones”.
El defensor solicitó la suspensión del proceso a
prueba y citó jurisprudencia.
Además, señaló que en paralelo existe una causa
en trámite por ante la justicia ordinaria provincial por el concurso preventivo
de la empresa, “en la cual el principal interesado en el avance de esta cuestión
penal, léase fisco nacional (ARCA, que es querellante en el proceso penal) ya
se ha presentado a verificar sus créditos en un escrito de 130 páginas, los
cuales incluyen lo que se discute aquí, con lo cual está intentando por una
doble vía cobrar dos veces su acreencia”.
Voluntad
El juez interviniente, Aurelio Cuello Murúa,
rechazó los planteos de la defensa, incluida la posibilidad de la “probation” o
suspensión de juicio a prueba.
“Estimo que los nombrados, habiendo sido
presidentes del Consejo de Administración de SanCor Cooperativas Unidas
Limitadas, por un lado, conocían la calidad de agente de percepción y retención
de los aportes con destino al sistema de la seguridad social, que revestía la
firma a la época de los hechos investigados; y, por otro lado, tuvieron la
voluntad de no cumplir con el mandato preceptivo (depositar), es decir en su
ánimo existió la intención de eludir las obligaciones con el propósito de una
mejora patrimonial, teniendo especialmente en cuenta en este punto, que la suma
total evadida asciende a $1.644.440.882,68”, puntualizó el magistrado.
“En definitiva -agregó-, cabe concluir, sin
más, que las conductas investigadas se presentan como un obrar intencional y
libremente realizado, por lo tanto, voluntario, no habiendo dudas en esta
instancia de la instrucción de que Gastaldi y Sánchez contaban con el dominio
de los hechos que se le atribuyen.
“En efecto, con el obrar propio y voluntario de
los nombrados, dentro del marco de la posición jerárquica que ocupaban en la
Cooperativa durante los períodos fiscales en cuestión, se encuentra probado
holgadamente la retención y la omisión de ingresar los aportes al Sistema Único
de la Seguridad Social, correspondientes a los montos y períodos fiscales
indicados por parte de aquellos en tal calidad”, concluyó.
Cabe destacar que los delitos investigados
contemplan una pena que puede ir de los dos a los seis años de prisión.
Procesados
Finalmente, el juez dictó el procesamiento de
Gastaldi y Sánchez por considerarlos presuntos autores penalmente responsables
del delito de apropiación indebida de los recursos de la seguridad social.
Ambos permanecerán en libertad, pero tendrán la
obligación de prestar promesa de someterse al procedimiento y de no
obstaculizar la investigación y también de hacer saber todo cambio de domicilio
mientras dure este proceso.
También, el magistrado dispuso trabar embargos
sobre los bienes de los imputados, por 90 millones de pesos cada uno. (Fuente: El Litoral)