La venta de anteojos correctores o protectores
solo está permitida en ópticas habilitadas y atendidas por profesionales
matriculados, según la normativa vigente a través de la Ordenanza N° 4443,
sancionada en agosto de 1997.
La norma establece que estos productos solo
pueden venderse en ópticas habilitadas y bajo la atención de profesionales
matriculados, como ópticos oftálmicos, técnicos ópticos o contactólogos.
El objetivo de la ordenanza es proteger la
salud visual de los vecinos, garantizando que los anteojos y demás elementos
destinados a corregir o proteger la vista sean provistos por profesionales
capacitados y en comercios debidamente autorizados.
Multas y decomiso de mercadería
La normativa prohíbe expresamente la venta de
anteojos en locales no habilitados, ferias o comercios que no cuenten con un
responsable técnico. En caso de incumplimiento, se prevén multas económicas y
el decomiso de la mercadería.
En representación de la Cámara de Óptica de la
provincia de Córdoba en la ciudad, Laura
Morassut destacó el encuentro mantenido con el intendente Damián Bernarte para abordar la
problemática de la venta irregular de anteojos.
“La reunión fue muy productiva. Es la primera
vez que nos estaban esperando con una propuesta y dispuestos a ocuparse del
tema”, expresó Morassut.
Además, remarcó el compromiso de la entidad provincial
para difundir las acciones locales: “Desde la Cámara se comprometieron a
promocionar todo lo que se está haciendo en San Francisco para que otras
ciudades lo tomen como modelo a seguir. Existe una ley a nivel provincial y una
ordenanza municipal; surge de la inquietud de varios ópticos que nos reunimos y
empezamos a observar la cantidad de anteojos que hay a la venta en la vía
pública y también en las redes sociales”, explicó.
Finalmente, Morassut subrayó la importancia de
acudir siempre a establecimientos habilitados: “Siempre la seguridad la vas a
tener en una óptica que está totalmente habilitada, con profesionales
capacitados para esta actividad”.
Al mismo tiempo, desde el municipio se recordó
que igual que con los productos ópticos, la venta de medicamentos también se
encuentra regulada por la Ordenanza N° 6787, sancionada en 2016, que dispone
que su comercialización, incluso los de venta libre, sólo puede realizarse en
farmacias habilitadas y bajo la supervisión de un farmacéutico.