El
Senado tratará el miércoles próximo el proyecto de ley Bases, que incluye
cambios de fondo en materia laboral, cuestionados por los gremios pero
defendidos por el sector empresarial.
Parte
de las reformas propuestas estaba ya incluida en el capítulo laboral del DNU N°
70/24, sancionado apenas asumido el nuevo gobierno.
Su
aplicación, sin embargo, fue suspendida por el Poder Judicial por ser
considerada inconstitucional.
La
reforma que actualmente se debate resulta menos abarcativa, pero ello no
significa que sea una reforma superficial o poco relevante, según expertos.
Cuestión de derechos
De
acuerdo con un informe del centro de estudios CIFRA, de la CTA, las
modificaciones incluidas “afectan sobre todo derechos individuales de los
trabajadores/as, aunque avanzan también en forma directa sobre algunos derechos
colectivos, en particular tras la inclusión de causales de despido vinculadas
con acciones colectivas”.
“Se
trata de una reforma que de varias formas puede incentivar el no registro de
relaciones de dependencia, ya que elimina sanciones e indemnizaciones
vinculadas con la no registración y, a la vez, habilita formas contractuales
“no laborales” que pueden enmascarar relaciones de trabajo”, indicó.
En
especial apunta a la figura de “trabajadores
independientes con colaboradores”, a cuya creación se suman algunos cambios
que facilitarían el uso de contratos de locación de obra o de servicios para la
contratación de trabajadores, práctica difundida que suele encubrir relaciones
laborales no registradas como tales.
En
este mismo sentido podría interpretarse la derogación del estatuto del viajante
de comercio, que se introduce en el proyecto sin justificación, señalaron desde
CIFRA.
Se
trata de una norma que regula la actividad de vendedores viajantes en relación
de dependencia, estableciendo la especificidad de un vínculo de subordinación
con las empresas cuyos productos venden y que los diferencia de los agentes
comerciales autónomos.
Blanqueo laboral
Se
incluye, además, un nuevo blanqueo laboral que también puede desincentivar la
registración al generar la expectativa de nuevas condonaciones de deuda a
futuro.
Para
los asalariados formales implica precarizar su situación de diversas formas,
advirtió CIFRA.
Por
un lado, con la habilitación para la creación de fondos de cese laboral que
reemplacen a la indemnización por despido, cuya creación implicará mayor
inestabilidad e incertidumbre en las relaciones de trabajo y mayor
disciplinamiento hacia los trabajadores.
Por
otro lado, por la extensión del período de prueba –durante el cual se puede
despedir sin indemnización- y la ampliación del alcance de la tercerización
laboral con responsabilidad solidaria limitada.
La
entidad consideró que “se afecta el carácter de permanente de los puestos de la
planta de la administración pública, al simplificarse los mecanismos para su
puesta en situación de disponibilidad y posterior despido”.
Visto
desde el punto de vista de la parte empleadora, esta ley de algún modo recorta
costos laborales (en algunos por la mayor permisividad hacia la no registración
y el fraude laboral).
Pero
ello no está asegurado y bien podría suceder lo contrario, tanto, por ejemplo,
en relación con los fondos de cese laboral como con la promoción de formas
contractuales cuya oscura y contradictoria definición pueden derivar en juicios
laborales futuros, señaló CIFRA.
“Para
los trabajadores se trata de pérdida de derechos, de menor protección y mayor
inestabilidad. No se advierte de ningún modo una modernización de las
relaciones laborales ni una promoción del empleo registrado ni un intento por
mejorar su calidad”, indicó. (Noticias Argentinas)