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Caso Aralí: la particularidad en el fallo de perpetua contra la madre de la niña

El jueves se conoció el veredicto de prisión perpetua para los tres acusados del crimen. Pero los jueces técnicos votaron en contra de esa resolución dictada a Rocío Rauch. Los detalles y el antecedente con el caso de Natalia Vercesi con la condena a Forti.

Redacción Up San Francisco · 3 min de lectura
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Caso Aralí: la particularidad en el fallo de perpetua contra la madre de la niña
Aralí y su madre, quien fue condenada a perpetua.
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En el marco del fallo dictado en la Cámara Criminal de San Francisco que condenó a prisión perpetua a Rocío Milagros Rauch (28), madre dela víctima; su pareja, Ezequiel Matías Simeone (33) y un amigo de ambos, Cristian Hernán Varela (40), por el asesinato de Aralí Vivas (8) se dio una particularidad.

Fue en el caso de Rauch, quien fue encontrada partícipe necesaria del delito de abuso sexual con acceso carnal triplemente agravado y de homicidio triplemente calificado. La decisión fue por mayoría. Esto significa que no todos los integrantes del jurado (técnico y popular) consideraron que debía recibir la pena prisión perpetua.

Si bien recién el próximo 30 de octubre sería la lectura de los fundamentos de la sentencia, Up pudo conocer que de los 8 jurados populares (ciudadanos comunes) todos votaron por la condena perpertua de Rauch, mientras que los dos de los tres jueces técnicos Alejandro Acuña y Claudio Requena (el presidente del tribunal fue Guillermo Rabino) habrían votado en otro sentido.

Es decir, que los ciudadanos que integraron el jurado consideraron que las pruebas fueron suficientes para comprobar la responsabilidad de la madre de la niña. En tanto, que los jueces no lo habrían considerado de esa forma, aunque no se descarta que entiendan que también tenga responsabilidad, pero menor a la de los otros dos implicados en el aberrante hecho.

Por otro lado, tanto Simeone como Varela fueron encontrados coautores responsables de los delitos de abuso sexual con acceso carnal triplemente agravado y homicidio triplemente calificado. A Simeone, además, se le atribuyó la comisión del delito de incendio.

La niña de 8 años fue abusada sexualmente y asesinada en la localidad de Brinkmann. Su cuerpo apareció quemado dentro de su vivienda, en noviembre de 2024.

La defensa pidió la absolución

Los defensores de Rocío Rauch habían pedido la absolución. Luis Alberto Licera y Marcos Arnold aseguraron que no tuvo ningún tipo de participación en el hecho y que “no sabía y no tenía conocimiento de lo que iba a pasar”. La mujer, el día del crimen, había viajado a Morteros (una ciudad cercana) con su bebé.

Al hacer uso del derecho a la última palabra, pidió al padre biológico de Aralí que siguiera luchando para obtener justicia

El mismo pedido hicieron los defensores de Varela. “Existe prueba, a nuestro entender, que lo excluye del delito. Tenemos un examen de ADN en el cual se determinó que no había rastro alguno en el cuerpo de la nena, en la zona genital, que perteneciera a Cristian Varela, no así de parte del padrastro”, afirmaron.

En el caso de Simeone, la defensa planteó la nulidad del material probatorio incorporado a la causa y solicitó que él también fuera desincriminado.

Antecedente en el caso Natalia Vercesi

En 2011, en el marco del juicio por el crimen de Natalia Vercesi en los Tribunales de San Francisco, se dio otro fallo particular donde el tribunal condenó a prisión perpetua a Alejandro Bertotti y a Leandro Forti por el crimen de la esposa del primero, asesinada en 2009. Allí se consideró que el viudo fue el autor de las 24 puñaladas y que “sentía un especial odio por la víctima”.

A partir de los fundamentos de la sentencia conocidos en mayo de ese año, los tres vocales de la Cámara en lo Criminal y Correccional de San Francisco y ocho jurados populares, consideraron que el otro condenado “formó parte” de la maniobra orquestada por el exbasquetbolista.

Respecto de Bertotti, el tribunal falló por unanimidad, mientras que en el caso de Forti fue por mayoría, ya que hubo un empate en cinco votos -cuatro jurados populares y un vocal a favor de cada posición- y definió el presidente de la Cámara, Hugo Ferrero.

 

 

 

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