Tras
conocerse este martes que un juez de San Francisco autorizó la vacunacióncompulsiva de un bebé que nació en una clínica privada y cuyos padres se habían
negado a colocarle las dosis correspondientes al calendario de vacunación obligatorio,
la Justicia dictaminó un seguimiento del caso y puso en conocimiento a
distintas partes.
El
juez de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género y Penal Juvenil San
Francisco, Andrés Peretti, tomó conocimiento
del caso luego de que el pediatra de guardia de la institución pusiera en
conocimiento de la negativa a la Unidad de Desarrollo Regional de la Secretaría
de la Niñez, Adolescencia y Familia.
“Fue
un desafío porque como siempre se encuentra el hecho de que hasta qué punto
llega la autonomía de la libertad, de decidir los padres lo mejor para sus
hijos y hasta qué punto uno meterse en ese tipo de decisión. Además no había
tiempo porque el niño nació en su momento a las 9.35 y había que vacunarlo en
las 12 primeras horas, por lo que fue una logística importante ese día”,
recordó en diálogo con Up.
En
su resolución, el tribunal señaló que los padres del bebé estaban incumpliendo
la Ley n.° 27.491, que indica el carácter de obligatoriedad de las vacunas del
calendario nacional y la responsabilidad de quien represente legalmente al
niño, adolescente o persona incapaz de cumplir con su vacunación. Asimismo,
consideró que la negativa afectó ostensiblemente el interés superior del niño.
Peretti
remarcó que no colocar las vacunas “afecta no sólo al niño recién nacido, sino
que, además, implica un riesgo para toda la comunidad y compromete la eficacia
del régimen de vacunación oficial”.
Se
trata de una decisión con pocos antecedentes. Al menos en San Francisco no se
recuerda un caso de este tipo y hay que remontarse a 2006, cuando la Corte
Suprema de Justicia de la Nación resolvió un hecho bastante similar.
Cómo sigue
Peretti
explicó en su fallo que las vacunas incluidas en el Calendario Nacional de
Vacunación no alcanzan sólo al individuo que la recibe, sino que, además,
incide directamente en la salud pública cuyo objetivo principal es reducir y/o
erradicar los contagios en la población.
Por
estas razones, autorizó a las autoridades de la institución a proceder a la
vacunación compulsiva del niño recién nacido y emplazar a sus padres para que
cumplan con el calendario nacional de vacunación obligatorio, bajo
apercibimiento de ley.
Tras
el fallo, se puso en conocimiento a los defensores públicos de la sede judicial
quienes intervienen como representantes complementarios. Además se dio aviso a
la Senaf y al equipo local de Niñez y Salud de la Municipalidad de San
Francisco.
“Además
de emplazar, obligar, intimar a los papás a seguir con el calendario de
vacunación obligatorio, pusimos en conocimiento a los defensores públicos de la
sede judicial para que tomen participación por este bebé y a la Senaf para que
haga un seguimiento con las áreas de salud y niñez del municipio”, destacó
Peretti, agregando que no hubo perjuicio ni delito, por lo que no existió ninguna
consecuencia judicial para los padres.